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sábado, 20 de abril de 2024 | Última actualización: 22:37

Pedro Sánchez declara un Estado de Alarma adaptado a la segunda ola de la pandemia de coronavirus

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Las Comunidades Autónomas serán ahora las autoridades delegadas competentes en su territorio para atajar el contagio

Pedro Sánchez ha comparecido hoy ante los medios de comunicación para declarar el Estado de Alarma después del Consejo de Ministros Extraordinario de urgencia celebrado hoy. Este nuevo Estado de Alarma permite a las distintas Comunidades Autónomas aplicar las medidas necesarias para contener la pandemia. El ejecutivo central ya ha informado de una serie de medidas que después, las propias comunidades podrán ampliar. De hecho, las comunidades serán ahora las autoridades delegadas competentes en el Estado de Alarma para decidir sobre las medidas que aplicar según la evolución de la pandemia. En todo momento, Pedro Sánchez ha informado que habrá una cogobernanza a través del Consejo Interterritorial de Salud. 

Tàrsila Galdón/Castellón Información

Pedro Sánchez ha matizado que este es un estado de alarma diferente al vivido durante la primera ola de la pandemia porque es verdad que “la letalidad es menor y también, la edad media de contagios”. Por lo que las características de este nuevo Estado de Alarma son: 

  • El Estado de Alarma actualmente está aprobado para dentro de quince días, pero lo que desea hacer el Gobierno de España esta semana es conseguir los apoyos parlamentarios necesarios para prorrogar el Estado de Alarma hasta dentro de seis meses, concretamente el nueve de mayo. Eso sí, cada quince días, el Ministerio de Sanidad comparecerá en el Congreso de los Diputados para informar del Estado de la Pandemia, y el presidente ha añadido: “los gobiernos autonómicos deberían hacer lo mismo cada quince días en sus respectivos gobiernos”. 

Otro punto a añadir a esta característica es si el Estado de Alarma durará sin miramientos hasta el nueve de mayo. Las Navidades estaban ahí, en una cuerda floja, y Pedro Sánchez ha asegurado que no tienen la intención de hacer durar el Estado de Alarma más de lo necesario: “no es inamovible”, aunque ha añadido que se deberá superar primero el virus, según cómo evolucione la pandemia.

  • Se prohíbe la circulación nocturna entre las 23:00 horas y las 06:00 horas de la madrugada excepto por cuestiones de trabajo, por urgencias médicas y por el cuidado de personas dependientes. Puede parecer que esta medida entra en contradicción con el toque de queda anunciado ayer por Ximo Puig, sin embargo no es así, porque el presidente ha matizado: “Las comunidades podrán modular este toque de queda entre las 22:00 o las 00:00 horas y las 05:00 o las 07:00 horas de la mañana. 

Toque de queda 221020 2

  • Las comunidades podrán limitar o cerrar la entrada y salida a su territorio conforme lo consideren para reducir los contagios de Covid excepto en situaciones similares descritas en el anterior punto. 
  • Las comunidades podrán limitar el número de personas a seis en reuniones tanto en ámbito privado como público. 

Este Estado de Alarma ha sido aprobado hoy porque durante los últimos días un total de diez gobiernos autonómicos y Melilla lo han pedido para dar cobertura a sus medidas restrictivas. Dos Comunidades Autónomas ya lanzaron ayer la restricción de movilidad nocturna, como es el caso de la Comunitat Valenciana y Castilla y León. A este respecto, cabe destacar que ninguna de las medidas anunciadas por el gobierno nacional entran en contradicción con las ya anunciadas por Ximo Puig, que entraron en vigor ayer a la una de la madrugada.

¿Cuáles son los criterios para valorar la gravedad de las comunidades?

Los criterios son cuatro (riesgo bajo, riesgo medio, riesgo alto y extremo) según dos bloques principales:

  1. La incidencia acumulada es la protagonista de este primer bloque. Se considera riesgo bajo 25 casos por cada 100.000 habitantes, riesgo medio, más de 25; riesgo alto 125 y extremo, 225. Estos son los criterios mencionados por Pedro Sánchez. 
  2. El segundo bloque hace referencia a la presión hospitalaria: se considera riesgo bajo una presión del 5 % sobre camas hospitalarias y 10 % en camas UCI; riesgo medio, 10 % en camas hospitalarias y 15 % camas UCI; riesgo alto, 15 % en camas hospitalarias y 25 % en camas UCI y finalmente, extremo, más de 15 % en camas hospitalarias y más de 25 % en camas UCI.