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viernes, 26 de abril de 2024 | Última actualización: 19:01

La provincia de Castellón acumula 3.222 ERTE en 16 días que afectan a 14.938 trabajadores

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En la Comunitat Valenciana se han presentado ya 26.699 expedientes que afectan a 157.988 empleados

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La provincia de Castellón registra ya un total de 3.222 Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) desde el pasado 12 de marzo, según los datos actualizados por la Conselleria de Economía este sábado. Estas regulaciones de empleo motivadas por la crisis económica que ha generado el coronavirus afectan a un total de 14.938 trabajadores de Castellón.

En este sentido, en las oficinas de Labora, dependientes de la Generalitat Valenciana, en la Comunitat Valenciana se han presentado 26.699 expedientes que afectan a 157.988 empleados.

Expedientes de Regulación de Empleo Temporal

El expediente de regulación de empleo temporal, regulado en el art. 47 del Estatuto de los Trabajadores (ET), permite a las empresas suspender los contratos de trabajo o reducir la jornada laboral de las personas trabajadoras de manera temporal.

Las empresas que quieran acogerse al ERTE han de presentar informe relativo a la vinculación de la pérdida de actividad como consecuencia del COVID-19, así como, en su caso, de la correspondiente documentación acreditativa, número total de personas trabajadoras afectadas, relación nominal, número de DNI y número de la Seguridad Social de las personas reguladas, así como la duración de las medidas de suspensión o reducción de jornada.

En este tipo de expedientes, la resolución de la Dirección General de Trabajo se dictará en el plazo de cinco días desde la solicitud.

En el caso de las personas trabajadoras afectadas por el ERTE, durante la suspensión del contrato, la persona trabajadora continúa vinculada a la empresa, pero sin derecho a percibir su sueldo ni el resto de complementos, como pagas extra o vacaciones y, terminada la situación excepcional, se reincorporará a la empresa y no perderá la antigüedad a efectos de despido, ya que la suspensión del contrato es por una causa ajena al trabajador o trabajadora.