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jueves, 2 de mayo de 2024 | Última actualización: 22:34

Egipto deberá pagar a Unión Fenosa Gas más de 1.700 millones por no suministrar a instalaciones de licuefacción

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Naturgy confía en que este laudo arbitral permita alcanzar un acuerdo global a través de un acuerdo comercial y el restablecimiento del suministro 

Castellón Información 

Naturgy Energy Group, S.A., en cumplimiento de lo establecido en el artículo 228 del texto refundido de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, mediante el presente escrito comunica a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la siguiente información, y es el dictamen de Laudo CIADI en el procedimiento de arbitraje de protección de inversiones iniciado por Unión Fenosa Gas

La sociedad participada al 50% por Naturgy UFG, propietaria de la planta egipcia de Damietta, ha recibido el favorable laudo arbitral del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), institución dependiente del Banco Mundial, que resuelve así la demanda presentada en 2014, fallando contra la República Árabe de Egipto por la falta de suministro a las instalaciones de licuefacción de UFG en Damietta.

El laudo estima que no se concedió al inversor el trato justo y equitativo exigido por el Tratado bilateral España-Egipto de protección de inversiones, por lo que condena a Egipto al pago de 2.013 millones de dólares (más de 1.700 millones de euros), después de impuestos y antes de intereses.

Naturgy confía en que este laudo arbitral permita alcanzar un acuerdo global y poner en valor su inversión en Egipto a través de un acuerdo comercial y el restablecimiento del suministro de gas a la planta.

Este laudo demuestra la efectividad en los procedimientos de resolución de conflictos internacionales como instrumento eficaz para asegurar la protección de inversiones internacionales.