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viernes, 17 de mayo de 2024 | Última actualización: 22:07

Desahuciada por el impago del alquiler, se llevó parte de los muebles y destrozó el piso antes de abandonarlo

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La Audiencia reduce la pena a un joven por resistencia a un Guardia Civil durante el Rototom de 2015

La Audiencia Provincial ha resuelto dos recursos presentados contra sentencias. En el primero, confirma la condena de una mujer que fue desahuciada por impago del alquiler, se llevó parte de los muebles y destrozó el piso antes de abandonarlo. En el segundo, estima parcialmente el recurso de un joven en un enfrentamiento que él y sus amigos tuvieron con la Guardia Civil durante el Rototom de 2015 y lo absuelve de delito leve de maltrato.

Castellón Información

La Audiencia Provincial de Castellón ha resuelto dos recursos presentados contra sentencias, judiciales.

Se llevó los muebles y destrozó el piso

Los hechos se remontan a junio de 2011. Ella, la mujer denominada como ‘Rocío’ (nombre con el que se oculta la verdadera identidad con el nombre de proteger sus datos personales), alquiló un piso en Castellón. En el contrato de arrendamiento figuraban los enseres, muebles y electrodomésticos que se encontraban en la vivienda.

Sin embargo, Rocío incumplió el pago del alquiler y fue desahuciada por este impago. El alzamiento para el desalojo fue fijado por el juzgado para el 9 de noviembre de 2013.

Pero cuando se produjo el desalojo, la sorpresa de los propietarios fue mayúscula. Para empezar, y según se demostró, Rocío se llevó previamente del inmueble alquilado: “un mueble recibidor de madera bicolor, un aparador de madera, una mesa de comedor y cuatro sillas, un sofá de tres plazas, una mesa de centro auxiliar, cortinas, barras y sus anclajes de tres estancias de la vivienda, cinco lámparas, un espejo de baño, el cabezal de la cama de matrimonio con dos mesitas a juego, somier, colchón y colcha, una mesa de estudio, silla y estantería , una mesa de cocina y dos sillas, una lavadora Boch, los quemadores de la encimera, los cajones de un mueble instalado en el baño”… Los efectos alcanzaban un valor de 4.356 euros.

Pero además, y según indica la sentencia en que se dan por probados los hechos: “Socorro procedió a arrancar los enchufes, videoportero e interruptores, así como los reguladores de la calefacción, a pintar las paredes y techos con pintura rosa, a arrancar la campana de extracción de humos de la cocina y a cortar la tubería de gas”. La reparación de los daños señalados fue valorada en 1.815 euros.

Por todo ello, el juzgado condenó a Rocío como autora de un delito de apropiación indebida y daños a penas de 9 meses de prisión y multa de 9 meses, además de condenarla a satisfacer los gastos derivados de la apropiación de enseres y daños en la vivienda en concepto de responsabilidad civil.

En el recurso de apelación, la Defensa de Rocío aludió a que no estaba demostrado que Rocío pudiera ser la autora de tales hechos.

La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso y, por tanto, reafirma la sentencia emitida por el Juzgado de lo Penal numero 4 de Castellón, además de imponer las costas del recurso a la apelante, Rocío.

No hubo maltrato leve sobre el Guardia Civil

La sentencia emitida por la Audiencia provincial sobre el caso de uno de los jóvenes condenados por resistencia y agresiones a varios agentes durante el Rototom de 2015 es un poco más compleja.

Los hechos se produjeron a las 02:30 horas del 21 de agosto en el Rototom.

Según declara probado la sentencia, los tres amigos, que se identifican como Narciso, Rafael y Esperanza (nombres supuestos para proteger la identidad de los acusados), acudieron a la oficina de control de seguridad del festival Rototom de Benicàssim, para reclamar la devolución de la pulsera de acceso que previamente les había sido retirada por personal de seguridad.

Por resumir la situación que se produjo después, basta decir, que los tres se enfrentaron con el agente, que requirió refuerzos, y que se produjo todo un episodio de forcejeo y agresiones del que varios agentes resultaron asistidos y con lesiones.

Como consecuencia de aquel episodio, los tres amigos fueron juzgados y condenados por el Juzgado de lo Penal en sentencia emitida el 23 de noviembre de 2017.

El recurso sobre el que se ha pronunciado ahora la Audiencia Provincial fue presentado por uno de los acusados, identificado en el proceso como Narciso.

La sentencia del Juzgado de lo Penal lo condenaba como autor de un delito de resistencia, a pena de prisión de 4 meses; y como autor de un delito leve de lesiones a la pena de multa de un mes.

La Audiencia Provincial mantiene parte de las acusaciones y la condena de pena de prisión de cuatro meses por Resistencia a la Autoridad. Sin embargo, estima parcialmente el recurso al entender que, si bien sus dos amigos sí que generaron lesiones a los agentes, Narciso solo propició un empujón, para intentar mediar por su amiga, pero sin agredir ni originar lesiones a los agentes. Por ello, lo exime del delito de agresiones leves por el que había sido condenado a un mes de multa.