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sábado, 20 de abril de 2024 | Última actualización: 13:49

La Comunitat Valenciana mantiene el toque de queda desde las 12 de la noche y un máximo de 10 personas

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La mesa interdepartamental ha establecido las nuevas medidas de la Covid-19 que entraran en vigor a las 00:00 del día 9 de mayo

Castellón Información

La mesa interdepartamental de la Comunitat Valenciana ha establecido las nuevas medidas de la Covid-19 que entraran en vigor a las 00:00 del día 9 de mayo hasta las 00:00 del 24 de mayo de 2021. Entre las decisiones tomadas destacan el límite de libertad de circulación entre las 00:00 horas y las 06:00h y las reuniones de un máximo de 10 personas. Además, se mantienen las medidas de seguridad como el uso de la mascarilla obligatoria o la distancia de seguridad para combatir la propagación de la Covid-19.

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Entre las medidas adoptadas destacan:

Queda limitada la libertad de circulación de las personas en horario nocturno entre las 00:00 horas y las 06:00 horas en todo el territorio de la Comunitat Valenciana, salvo que se tenga que realizar una actividad de peso como la adquisición de medicamentos, la asistencia a centros sanitarios o el cumplimiento de obligaciones laborales.

Reuniones

En espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, no se podrán formar grupos de más de 10 personas, salvo que se trate de personas convivientes y sin perjuicio de las excepciones previstas en los siguientes apartados de esta resolución, así como en otros actos administrativos que sean de aplicación.

En domicilios y espacios de uso privado, tanto en el interior como en el exterior, no se podrán formar grupos de más de 10 personas, salvo que se trate de personas convivientes y no más de dos núcleos de convivencia, y sin perjuicio de las excepciones previstas en los siguientes apartados de esta resolución, así como en otros actos administrativos que sean de aplicación.

Hostelería y restauración

En estos establecimientos, el aforo permitido en el interior de local es del 50%, siempre respetando un cumplimiento estricto de las medidas de ventilación y climatización en espacios interiores.

En las terrazas al aire libre el aforo es del 100%. Se considera “terrazas al aire libre”, todo espacio no cubierto o todo espacio que, estando cubierto, esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.

Estos establecimientos:

- Deberán estar cerrados a las 23:30 horas.

- La ocupación de las mesas será de un máximo de 10 personas por mesa o agrupaciones de mesas, salvo que sean convivientes.

- La distancia entre mesas será de 2 metros en interior de establecimientos y 1,5 en terrazas exteriores.

Discotecas y pubs

Queda suspendida la actividad propia de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo, pubs, ciber-café, cafés teatro, cafés concierto y cafés cantante. No obstante, podrán realizar actividades de restauración y hostelería compatibles con su licencia o autorización, en las condiciones y con las limitaciones horarias y de aforo

Lugares de culto

La permanencia en lugares de culto, para reuniones, celebraciones y encuentros religiosos, incluidas las ceremonias nupciales u otras celebraciones religiosas específicas, no podrá superar el 75% de su aforo, siempre que la distancia interpersonal respete un mínimo de 1,5 metros. El aforo máximo tendrá que publicarse en lugar visible del espacio destinado al culto y se deberán cumplir las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.

Celebraciones, eventos y concentraciones

En el caso de celebrarse en espacios interiores, el aforo será del 75% con un máximo de 500 personas asistentes.

En el caso de celebrarse al aire libre, el aforo será del 75% con un máximo de 1000 personas asistentes. No obstante, se pueden establecer divisiones del espacio de hasta un máximo de 4 sectores diferenciados de 500 personas asistentes en cada uno de ellos, con entrada y salida, aseos y servicio de hostelería independientes en cada sector.

Bibliotecas, museos y salas de exposición

No habrá restricciones de aforos, pero se deberán garantizar las medidas de distanciamiento, higiene y prevención.

Se podrá hacer uso por la ciudadanía de ordenadores y medios informáticos o electrónicos puestos a su disposición, que deberán limpiarse y desinfectarse después de cada uso. Las visitas guiadas serán de grupos de hasta 20 personas en espacios abiertos y de hasta 10 personas en recintos cerrados.

Pabellones de congresos y salas de conferencias

Se recomienda la realización telemática de todo tipo de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias.

La celebración de los mismos que se organicen de manera presencial, se llevará a cabo sin superar en ningún caso el 75 % del aforo en cada uno de los pabellones de congresos, salas de conferencias o multiusos, y otros establecimientos e instalaciones similares, incluyendo las de las instituciones feriales de la Comunitat Valenciana. No se autorizan servicios de hostelería ni restauración en este tipo de eventos, salvo que se disponga de un espacio específico y diferenciado que quedará sujeto a las medidas establecidas para los establecimientos de hostelería y restauración.

Velatorios y entierros

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un aforo limitado al 50% y un máximo de 50 personas en espacios al aire libre y de 25 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes, garantizándose la distancia interpersonal de seguridad y medidas de higiene.

La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida, se restringe a un máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 25 personas en espacios cerrados, entre familiares y personas allegadas.