Prisión provisional sin fianza para el detenido por el presunto apuñalamiento de una mujer en Benicarló

Tiempo de Lectura: 3 minutos, 3 segundos

Noticias Relacionadas

El juzgado de Vinaròs investiga los hechos como un presunto delito de asesinato en grado de tentativa y prohíbe al investigado acercarse a menos de mil metros de la víctima y de un menor, así como comunicarse con ambos

La Plaza número 4 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Vinaròs, con competencias en materia de Violencia sobre la Mujer, ha acordado este viernes, 23 de octubre, el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza del hombre detenido por el presunto apuñalamiento de una mujer en Benicarló.

La autoridad judicial ha adoptado esta medida cautelar en el marco de una investigación abierta por un presunto delito de asesinato en grado de tentativa, según la información judicial facilitada.

Además del ingreso en prisión, el juez ha dictado una orden de alejamiento que impide al investigado aproximarse a menos de 1.000 metros de la víctima y de un menor, así como una prohibición de comunicación con ambos.

Las medidas de protección permanecerán vigentes durante la tramitación del procedimiento, de acuerdo con la resolución judicial.

Investigado por un presunto delito de asesinato en grado de tentativa

La causa judicial se instruye por un presunto delito de asesinato en grado de tentativa, una calificación penal provisional que podrá modificarse en función del resultado de las diligencias de investigación.

Esta consideración jurídica supone que los hechos se investigan como un posible intento de causar la muerte de la víctima en circunstancias que podrían encajar en el delito de asesinato.

No obstante, la apertura de una investigación por esta calificación no implica que los hechos ni la responsabilidad penal del detenido estén acreditados.

El procedimiento se encuentra en fase de instrucción y el investigado mantiene su derecho a la presunción de inocencia.

La información judicial no precisa las circunstancias concretas de la agresión, la fecha en que se produjo ni el estado de salud de la mujer.

Orden de alejamiento de mil metros y prohibición de comunicación

La resolución incluye medidas cautelares destinadas a proteger tanto a la mujer como a un menor.

El juez ha establecido una distancia mínima de alejamiento de 1.000 metros respecto de ambas personas y ha prohibido al investigado mantener cualquier tipo de comunicación con ellas.

Estas restricciones estarán vigentes mientras se tramite el procedimiento judicial, conforme a lo acordado por el órgano instructor.

La comunicación oficial no detalla la relación existente entre el detenido, la víctima y el menor, por lo que no es posible concretar el vínculo familiar o personal entre ellos.

Tampoco se ha informado de si se han acordado otras medidas de protección adicionales.

El juzgado de Vinaròs asume la investigación

Las diligencias se tramitan en la Plaza número 4 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Vinaròs, órgano con competencias en materia de Violencia sobre la Mujer.

Tras la puesta a disposición judicial del detenido, el juez ha acordado su ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza.

La prisión provisional constituye una medida cautelar adoptada durante la investigación y no una condena. Su mantenimiento está sujeto a los requisitos y límites establecidos por la legislación procesal penal.

El procedimiento continuará con las diligencias necesarias para esclarecer lo ocurrido y determinar las posibles responsabilidades penales.

Por el momento, no se han comunicado más detalles sobre la investigación ni sobre las actuaciones judiciales previstas.