Condenado a 17 años y medio de prisión por agredir sexualmente a dos gemelas menores en Castellón

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La Audiencia Provincial de Castellón le impone dos condenas por delitos continuados de agresión sexual a menor y fija una indemnización de 5.000 euros para cada víctima; la sentencia todavía puede ser recurrida

La Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a un hombre a 17 años y medio de prisión por dos delitos continuados de agresión sexual a menor cometidos contra dos hermanas gemelas de diez años con las que convivió entre septiembre y noviembre de 2024 en Castellón. La sentencia, dictada por la Sección Segunda, no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

El tribunal considera probado que el condenado sometió de forma reiterada a las menores a tocamientos y otras prácticas de carácter sexual durante el periodo en el que las niñas y su madre estuvieron alojadas en su vivienda.

Además de la pena de prisión, el hombre deberá indemnizar con 5.000 euros a cada una de las menores por los daños morales sufridos.

Aprovechaba los momentos en los que la madre no estaba presente

Los hechos se remontan a septiembre de 2024, cuando el condenado y su mujer acogieron temporalmente en su domicilio a la madre de las menores y a las dos niñas. Ambas familias mantenían una relación de amistad.

Según los hechos que la sentencia considera probados, durante la convivencia el acusado aprovechaba los momentos en los que las gemelas se duchaban y su madre no se encontraba cerca para entrar en el baño, realizarles tocamientos en sus partes íntimas y besarlas en la boca.

Las menores se negaban a que entrara, pero el condenado alegaba que, al tratarse de su vivienda, debía organizar y vigilar el uso de la ducha. La resolución judicial recoge que llegó a retenerlas y taparles la boca cuando intentaban escapar o avisar a su madre.

El tribunal también considera probado que algunas de las agresiones se produjeron en una de las camas de la vivienda.

Las amenazaba con separarlas de su madre

La sentencia recoge asimismo que el condenado trataba de impedir que las menores revelaran lo ocurrido.

Para ello, les decía que, si contaban los hechos a su madre, podían provocar que le retiraran la custodia y las separaran de ella.

Los episodios se produjeron de manera reiterada durante el periodo de convivencia comprendido entre septiembre y noviembre de 2024.

La Audiencia considera creíble el testimonio de las menores

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial otorga especial relevancia a las declaraciones de las dos víctimas como prueba del procedimiento.

Los magistrados consideran que ambos relatos responden a situaciones realmente vividas por las menores y descartan que sus manifestaciones sean fruto de la invención o la imaginación.

El tribunal tampoco aprecia un motivo falso o ilegítimo detrás de la denuncia presentada por la madre de las niñas.

Prohibición de acercarse o comunicarse con las víctimas

Junto a los 17 años y seis meses de prisión, la Audiencia impone al condenado la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de las víctimas o comunicarse con ellas por cualquier medio.

Esta medida se prolongará durante un periodo superior en más de cuatro años al tiempo de cumplimiento de la pena privativa de libertad.

El condenado también queda inhabilitado para ejercer cualquier profesión, oficio o actividad que implique un contacto regular y directo con menores, sea remunerada o no, durante un periodo que superará en cinco años la duración de la pena de prisión.

La resolución no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.