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sábado, 20 de abril de 2024 | Última actualización: 22:37

EL TSJ anula 11 artículos del Decreto que regula el uso del valenciano en la administración autonómica

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La Generalitat estudia recurrir la sentencia porque "en ningún caso se excluye una lengua oficial respecto a otra"

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha declarado la nulidad parcial del Decreto 6/2017 de la Generalitat Valenciana que regula el uso del castellano y del valenciano en la Administración pública autonómica.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal valenciano estima parcialmente el recurso interpuesto por dos diputados del Grupo Popular y anula 11 artículos y una disposición final que daban un uso destacado al valenciano sobre el castellano en aspectos como las notificaciones en los trámites administrativos, la rotulación de edificios y dependencias públicas, la comunicación entre los empleados públicos y la de éstos con los ciudadanos, las publicaciones y publicidad institucional, los contratos con proveedores, así como en la rotulación de carreteras, caminos y otras dependencias y servicios de interés público que depende de entidades locales. Sobre algunos de estos artículos ya había emitido informe desfavorable el Consejo Jurídico Consultivo.

Los magistrados de la Sección Cuarta validan el resto de la norma cuya nulidad íntegra reclamaban los recurrentes, que mantenían que la discriminación positiva a favor del valenciano no garantizaba el derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración en la lengua oficial de su elección.

TSJ CV 2017-03-29

Al respecto, el Tribunal explica que la norma anulada parcialmente ignora la realidad plurilingüe de la Comunidad Valenciana reconocida en el Estatuto de Autonomía, en la que existen territorios predominantemente castellanoparlantes, con dependencias y servicios de carácter administrativo de la Generalitat. El artículo declarado nulo impone que “las actuaciones internas, también en esos casos, porque nada se salva en el precepto, se redactarán en valenciano”.

Según la sentencia, “la protección y recuperación del valenciano, como medida de fomento para su uso en todas las actividades administrativas son objetivos del todo consecuentes con el carácter de lengua propia de la Comunidad Valenciana” según el artículo 6 del Estatuto de Autonomía. “Faltaría más”, apostillan los magistrados, que, matizan que esto “ha de acometerse en el marco estatutario y legal conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional y a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que niegan la viabilidad jurídica de que lleve consigo proscribir el castellano, porque ha de permitirse utilizar también esa lengua oficial y normal en todas las administraciones públicas”.

La Generalitat estudia recurrir la sentencia del TSJCV

La Generalitat estudiará la posibilidad de recurrir la sentencia no firme que ha emitido la sección 4 del TSJCV en referencia al Decreto 61/2017 que regula los usos institucionales y administrativos de las lenguas oficiales en la Administración de la Generalitat.

Reunión Ximo Puig-Marzà

La Generalitat afirma, en un comunicado, que no comparte los preceptos por los cuales la sección 4 del TSJCV anula algunos apartados de 11 artículos del citado Decreto. Y recuerda que el artículo 4 del Decreto (que no se ha anulado) señala lo siguiente:

"Artículo 4. Uso general del valenciano.

  1. El valenciano es la lengua propia de la Administración de la Generalitat y, como tal, será la lengua destacada de uso normal y general, sin que se pueda entender de esta declaración ninguna limitación respecto a otra lengua oficial.
  2. Las referencias que se hacen al uso del valenciano en este decreto se entienden realizadas en el sentido referido en el apartado anterior.

En este sentido, exponen en este comunicado “todos los artículos del Decreto 61/2017 contemplan la premisa señalada en el artículo 4 del mismo y, por lo tanto, en ningún caso se excluye una lengua oficial respecto a la otra. Todas las referencias que se detallan al Decreto de Usos se hacen sin limitar el uso del castellano en la Administración de la Generalitat”.

Ferrer San-Segundo (PPCV): “El TSJ desmonta una nueva ilegalidad del Botànic"

La portavoz de Justicia del Grupo Popular en Les Corts, María José Ferrer San-Segundo, ha señalado hoy que “el TSJCV ha desmontado una nueva ilegalidad del Botànic, gracias al recurso presentado por el PPCV sobre el uso de lenguas cooficiales en la administración”.

Para la portavoz popular, “la sentencia del TSJ demuestra que el Consell actúa ilegalidad tras ilegalidad y que los ciudadanos valencianos merecen libertad, no imposiciones. Los tribunales han vuelto a poner de manifiesto que Puig y Oltra actúan desde el sectarismo, con prohibiciones y, además, dictando normas contrarias a Derecho”.

Ferrer San-Segundo ha manifestado que “lo que manifiesta el TSJ es que el valenciano debe fomentarse, pero sin excluir ni marginar al castellano que es también lengua cooficial. Ha sido el PPCV quien ha conseguido, una vez más, y gracias a este recurso, que se declare la ilegalidad de este decreto. No nos van a callar, no vamos a dejar de trabajar y vamos a seguir apoyando a tantas personas que nos piden que actuemos contra normas excluyentes y sectarias que no dan los mismos derechos e igualdad a los ciudadanos de la Comunidad Valenciana, residan donde residan y sea cual sea su mayor competencia lingüística”.

Compromís afirma que “el PPCV va contra el uso del valenciano en la vida cotidiana”

Sobre esta sentencia, el síndico del grupo parlamentario de Compromís, Fran Ferri, ha manifestado que “con esta sentencia queda claro que el PPCV se ha convertido en un partido que va en contra del uso del valenciano en la vida cotidiana de los y las valencianas”.

fran ferri, portavoz Compromís Cortes Valencianas

Según Ferri, “esta sentencia, que se deriva del recurso interpuesto por dos diputados del Partido Popular contra el Decreto 6/2017 de la Generalitat Valenciana, provoca que ahora mismo los valencianos que hablan valenciano estén discriminados ante la administración. Hay que recordar que muchas de las medidas que contemplan los once artículos anulados estaban incluidas al Decálogo de Ares del Maestrat que el mismo PP impulsó en 2003”.