La sentencia estima que el exvicealcalde hizo una crítica política en la que no citaba expresamente al PP ni a ninguna persona
El Juzgado nº5 de Castellón ha emitido sentencia y desestimado la demanda realizada por Begoña Carrasco, en nombre del Partido Popular de Castellón, contra Enric Nomdedeu, por unas declaraciones realizadas en el transcurso de una charla celebrada en el Casino Antiguo de Castellón. El tribunal impone las costas al PP.
Esperanza Molina/Castellón Información
El 19 de octubre de 2015, en el transcurso de una charla organizada por el Casino Antiguo de Castellón, el entonces, vicealcalde de Castellón, Enric Nomdedeu hizo mención a la forma de gestionar del anterior equipo de Gobierno, al que acusó de presionar a las empresas la ciudad.
Esta crítica se producía en un contexto de cambio de Gobierno tras los pactos establecidos tras las elecciones municipales. Y en un clima en el que los nuevos gobernantes acusaron en numerosas ocasiones a los antiguos, por la gestión realizada, con indicios, incluso de actuaciones alegales.
Tras la conferencia realizada en el Casino, y tomando como referencia la publicación realizada por un medio de comunicación de Castellón, la concejal del Grupo Municipal Popular del ayuntamiento de Castellón, Begoña Carrasco, demandaba a Enric Nomdedeu al considerar que las afirmaciones del entonces vicealcalde, dañaban el honor de los concejales que habían realizado gestión de Gobierno en la anterior legislatura y del Grupo Popular.
Tras solicitar declaraciones por ambas partes se produjo el juicio y ayer se daba a conocer la sentencia.
Sentencia
El tribunal desestima la demanda interpuesta por el PP contra Enric Nomdedeu en base a los diferentes argumentos legales y fundamentos de derecho. Estos fundamentos reconocen el derecho a la crítica política, sin que pueda utilizarse ésta para insultar ni atacar el honor de personas o entidades con personalidad jurídica.
Sin embargo, la sala, una vez escuchada la grabación de la conferencia de Nomdedeu, estima que no puede atender la demanda, ya que el exvicealcalde si bien acusó al anterior equipo de Gobierno y algún exconcejal, por malas prácticas el frente de la administración, no citó expresamente el nombre del Partido Popular ni el del concejal al que se refería. En este caso, establece la sentencia, sin entrar en el fondo del asunto, se entiende que fue el medio de comunicación cuyo texto se utilizó para poner la demanda, el que habría citado al PP como punto al que se refería el vicealcalde, y no Enric Nomdedeu, de forma expresa durante su intervención.
En este sentido la sentencia dice textualmente:
“El demandado realiza una crítica política sobre el modo de gestionar la administración local en un procedimiento administrativo hace referencia a un exconcejal, sin identificar, y ello con independencia de que su actuacion pueda transcender al partido político al que pertenecían sus integrantes. Pero en ningún caso la crítica y por lo tanto las expresiones emitidas, dentro de los amplios límites que tienen la libertad de expresión, implica una intromisión del derecho al honor del partido político actor, no existe ningun ataque o menoscabo de la dignidad del partido popular de Castellon del que formaban parte los integrantes del antiguo equipo de gobierno al que se refiere la crítica, ninguna expresión que lo difame o haga desmerecer en la consideración ajena”.
“Por todo lo expuesto, y sin entrar en el fondo del asunto procede estimar la excepción de falta de legitimación activa, desestimando la demanda en su integridad”.
La sentencia todavía no es firme y puede ser recurrida.

















































