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jueves, 25 de abril de 2024 | Última actualización: 16:02

El TSJ traslada al Supremo el recurso de la GVA contra la sentencia que anulaba el plurilingüismo

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El TSJ traslada al Supremo el recurso de la GVA contra la sentencia que anulaba el plurilingüismo

Este recurso no anula la suspensión cautelar para la puesta en marcha del modelo educativo

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TSJ-CV-2017-03-29El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha elevado al Tribunal Supremo el recurso de casación interpuesto por la Conselleria de Educación contra la sentencia que declara nulos varios artículos del decreto de plurilingüismo.

El auto del TSJ, con fecha de 14 de septiembre, ha sido comunicado hoy a los medios de documentación.

Tal como recuerda el auto emitido, el TSJ dictó sentencia el pasado 27 de julio de este año, en la que declaraba nulos algunos artículos del Decreto de 27 de enero del Consell, que establecía el modelo lingüístico valenciano y regulaba su aplicación en las enseñanzas no universitarias.

La sentencia no era firme, por lo que permitía a la Generalitat la presentación de un recurso de casación. La Generalitat Valenciana se acogió a este derecho el pasado 7 de septiembre.

En respuesta a la alegación de Educación, el TSJ lo admite a trámite y lo traslada a la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.

El TSJ indica que, la Generalitat ha cumplido los trámites requeridos, es decir: La entidad que presenta el recurso tiene derecho y legitimidad para hacerlo, cumple con los requisitos reglados y justifica correctamente sus alegaciones.

Por todo ello, el tribunal resuelve: “Se emplaza a las partes para su comparecencia dentro del plazo de treinta días ante la Sala de lo Contencioso-adminis­tra­tivo del Tribunal Supremo, con remisión a ésta de  los autos originales y del expediente administrativo.

Notifíquese la presente resolución a las partes procesales, haciéndoles saber que la parte recurrida no podrá interponer recurso alguno, pero podrá oponerse a su admisión al tiempo de comparecer ante el Tribunal Supremo, si lo hiciere dentro del término del emplazamiento”.

Cabe señalar, por otra parte, que este recurso no inhabilita la sentencia del TSJ que paralizaba cautelarmente la entrada en vigor de este modelo educativo.