CCOO recuerda que el Consorcio no puede tener una Unidad Clínica de Dietética sin un facultativo y que ya denunció el hecho en agosto
La sección sindical de Comisiones Obreras ha denunciado que el Hospital Provincial de Castellón incumple la legalidad al disponer de una Unidad Clínica de Dietética y Nutrición sin contar con un facultativo especialista en endocrinología al frente de al misma. Los sindicatos ya denunciaron estos hechos el pasado mes de agosto y remitieron un escrito al director gerente en enero, sin que se haya puesto solución al problema. Señalan que esta carencia se traduce en una limitación de la atención asistencial de los pacientes.
Castellón Información
La sección sindical de Comisiones Obreras ha vuelto a sacar a la luz la carencia de especialista de endocrinología en el Hospital Provincial, pese a que el centro dispone de una Unidad Clínica de Dietética y Nutrición.
Fuentes de la sección sindical denunciaron esta carencia en el mes de agosto y volvieron a hacerlo a finales del pasado mes de enero, con una carta dirigida al director gerente.
Según indicaba el texto que remitieron en enero al director gerente, el Hospital Provincial estaría incumpliendo la legalidad ya que el centro dispone de una unidad Clínica de Dietética y Nutrición que funciona sin referente facultativo especialista en la materia, por tanto, en incumplimiento de la legislación.
El sindicato hace referencia a decretos concretos del Ministerio de Sanidad y de la Secretaría Autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público de la Conselleria de Sanidad.
En el escrito de agosto se ponía de referencia que la unidad era atendida por dos profesionales de categoría no facultativa y la inexistencia del especialista en endocrinología que pudiera diagnosticar, supervisar y tratar las patologías de la especialidad.
CCOO insistía en enero, que la carencia de esta especialidad “se traduce en una clara limitación de la asistencia asistencial de esta área de tratamiento para con los pacientes”.
Las mismas fuentes indican, que el personal no facultativo no puede suplir la especialidad médica de la especialidad.