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lunes, 6 de mayo de 2024 | Última actualización: 12:32

En enero entrará en vigor la bonificación del 50% de la tasa de basura y la rebaja del IBI en edificios con placas fotovoltaicas de Vinaròs

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Unas medidas que se suman a las rebajas fiscales ya aprobadas por el Ayuntamiento, a través del Pla €CO, con el objetivo de impulsar la economía local

 Juan José Benito/Castellón Información

El Ayuntamiento de Vinaròs aplicará a partir de enero del próximo año las rebajas fiscales incluidas dentro del Pla €CO, con el objetivo de ayudar a la ciudadanía, autónomos y empresas a hacer frente a la crisis económica generada por la pandemia de la Covid-19.

Se trata de la bonificación del 50% de la Tasa de la Basura y la rebaja del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en los edificios con placas fotovoltaicas.

Estas modificaciones se publicaron el pasado 2 de diciembre en el Boletín Oficial de la Provincia, BOP, para su ratificación definitiva y entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2022.

El alcalde, Guillem Alsina, ha explicado que “estas dos rebajas fiscales se añadirán a las ya aprobadas, la reducción del 50% del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), la eliminación de la tasa para la expedición de licencia y la bonificación de la tasa de licencia de actividad económica”.

Unas medidas que, según Alsina, pretenden impulsar la creación de nuevas empresas en la localidad, así como dinamizar la actividad económica

Las rebajas fiscales

La primera medida es la reducción del 50% de la tasa de recogida de la basura prevista en el artículo 4.1 de la Ordenanza.

La concejala de Hacienda, María Cano, ha indicado que “esta rebaja supondrá un significativo ahorro para los hogares que pasarán de pagar un recibo de 34,20 euros a los 17,10, mientras que establecimientos como una cafetería o bar pasarán de los 120 a 60,78 euros”.

La segunda de estas rebajas fiscales es la bonificación del 50% de la cuota de IBI para las edificaciones residenciales en que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol.

Esta bonificación se extenderá a los cinco periodos impositivos inmediatamente siguientes al de la finalización de la instalación, hasta un máximo de 400 euros anuales. Para la aplicación de la bonificación en el ejercicio en el cual se solicita, tendrá que presentarse la instancia antes del 1 de marzo. El resto de condiciones se pueden consultar en el artículo 11, apartado 6, de la Ordenanza fiscal reguladora del IBI.