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sábado, 27 de abril de 2024 | Última actualización: 02:05

Las obras en terreno forestal deben cumplir las normas de seguridad de prevención de incendios

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La ejecución de obras y trabajos que se realicen en terreno forestal o en sus inmediaciones deben cumplir el pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios, aprobado en el decreto 7/2004, de 23 de enero, de la Generalitat Valenciana.

El peligro reside, fundamentalmente en el calor producido por la fricción mecánica de la maquinaría empleada, que puede generar chispas que lleguen a causar un incendio. Además, hay que sumar las posibles distracciones o negligencias de las personas que realizan los trabajos, como cigarrillos mal apagados, descuidos al dejar la maquinaria caliente y recarga de combustible sin precaución.

Por ello, deben respetar esta normativa las obras o trabajos de ingeniería civil o cualquier otro tipo que pueda implicar riesgo de producir incendios forestales, que se realicen en terrenos forestales, en los colindantes o con una proximidad menor a 500 metros. Los proyectos de obra o trabajos habrán de recoger dentro de sus pliegos de condiciones técnicas, el pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales a observar en la ejecución de obras y trabajos que se realicen en terreno forestal o en sus inmediaciones.

El pliego es de obligado cumplimiento para los promotores y ejecutores de dichos trabajos, ya sean administraciones públicas o particulares.

Los trabajos exentos de cumplir el pliego general de normas de seguridad son los realizados por los agricultores para la gestión ordinaria de sus campos de cultivo (laboreos, podas, eliminación de restos y cualquier otro de similares características), que se regulan en el Reglamento de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunitat Valenciana (decreto 98/1995,de 16 de mayo, del Consell de la Generalitat).

Consecuentemente, deberán notificarse aquellos trabajos que requieran proyecto de obras y se realicen en terreno forestal, en una zona de colindancia de 100 metros o menor, o exista una continuidad de combustible susceptible de propagar el fuego hasta terreno forestal; y aquellos que no requieran proyecto de obras, y se realicen en terreno forestal o en una franja colindante de 100 metros, o en el caso de realizarse entre la franja de los 100 a 500 metros exista una continuidad de combustible susceptible de propagar el fuego hasta terreno forestal.

No obstante, cuando se declare el nivel 3 de preemergencia, se suspenderán todos los trabajos o actividades que les sea de aplicación el pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales.

Infórmate nivel de preemergencia de incendios forestales y su previsión para el día siguiente en: www.112cv.com. Twiter: @GVA112. Y En tu ayuntamiento. En caso de incendio avisa al 112.