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sábado, 20 de diciembre de 2025 | Última actualización: 00:24

Tarjetas, tarjetitas, que bonitas sois...

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José Antonio Rodríguez. Asesor Fiscal. 

Comenzaba hace algunas semanas mi aportación semanal a esta sección de opinión  relatando que nos despertamos cada día con un montón de sapos y culebras y parte de ellos tienen como origen y causantes a nuestros políticos.

 La semana pasada Pujol, ésta las tarjetas black o tarjetas negras, la próxima...

Una vez oídas las condenas de los partidos políticos, las dimisiones y ceses de rigor, nos encontramos en periodo preelectoral y hay que ser tajantes y ejemplarizantes, efectuemos una extrapolación de qué va a pasar desde la perspectiva económica y fiscal.

Si resulta ser cierto que tanto el Banco de España a través de sus servicios de inspección, como la inspección interna de la entidad eran conocedoras de su existencia y dieron el visto bueno durante años a este modo de retribuir a los consejeros, desaparece, salvo mejor criterio, la  figura delictiva de la apropiación indebida. Y por tanto la   vía penal.

Ahora bien, ¿qué pasa con su fiscalidad y tributación en renta?

Se han denominado black o negras, no por el color del plástico de las mismas, sino porque su uso  no ha correspondido a gastos de representación puros y duros a los que, con las salvedades debidas, tenían derecho. Parece que tanto los gastos pagados como la retirada de efectivo en cajeros, lo han sido para fines particulares.

Cabe por ello entender que se trata de una retribución en especie-efectivo que la entidad les  ha concedido durante estos últimos quince años, compensando las limitaciones  laborales a las que estaban sujetos los consejeros.

Cualquier retribución, en este caso la cantidad utilizada por cada uno de ellos, debería haber generado una retención por parte de Caja Madrid y posteriormente Bankia, ingresada en Hacienda  y por tanto declara; no se hizo nunca.

Además, cada uno de los consejeros que las ha utilizado debió imputarlo como ingreso   en su declaración anual de la renta.

Nada de esto se ha hecho, ahora solo queda  que   la Agencia Tributaria sea rápida , dada la alarma social generada, pues se trata de una entidad intervenida y subvencionada con el dinero de todos los españoles, e  inicie  una inspección, antes de que los consejeros presenten una declaración voluntaria  complementaria de los ejercicios 2010, 2011 y 2012,y así poder ingresar al menos lo que corresponde más las sanciones e intereses, pues de los ejercicios anteriores no podrá inspeccionar nada pues ya están prescritos.

Por las cantidades gastadas anualmente se desprende que no hay en ningún caso una cuota defraudada por I.R.P.F superior a 120.000 Euros por año, por lo que no hay delito fiscal.

La paradoja surgirá si se realiza una inspección a Caja Madrid-Bankia,  que si puede incurrir en delito fiscal al no haber ingresado la retención que le correspondía de todos  juntos y que supera por año ampliamente la cantidad establecida.

Al final, sino se derivan responsabilidades penales individuales, vamos a hacer un pan con unas tortas, pues en  las arcas públicas se  ingresarán dineros que Caja Madrid-Bankia sacará de los veintidós mil millones de Euros que le prestamos y que debe  devolver  con intereses.

Jugada perfecta...