Los que lo soliciten cobrarán el 70% de la base de cotización a mes vencido y mantendrán el alta en la Seguridad Social
Castellón Información
El Gobierno flexibilizará las condiciones de acceso al cese de actividad. Así, todos los autónomos que lo necesiten podrán solicitar la prestación por cese de actividad a su mutua sólo con una declaración jurada.
La prestación se le reconoce así a todos los autónomos, independientemente de su forma jurídica (personas físicas y societarios) y no habrá que realizar el paso previo hasta ahora requerido de cursar baja en Hacienda ni en Seguridad Social.
Además, los autónomos con tarifa plana o bonificación podrán solicitar la prestación por cese de actividad sin perder dicha bonificación cuando acabe el estado de alarma y la excepcionalidad que esto supone. Los administradores de las empresas tampoco tendrán que cesar de su cargo.
Se cobrará el 70% de la base cotización y será la entidad gestora quien se haga cargo de la cotización del autónomo mientras perciba la prestación. El autónomo así, estará cotizando estos meses por tanto se mantiene el alta en Seguridad Social.
Dicha prestación por cese de actividad ya se puede solicitar y se cobrará a mes vencido. Será de un mes prorrogable.
"Invito a todos los autónomos que lo necesiten a solicitar la prestación por cese de actividad", ha asegurado Lorenzo Amor, presidente de ATA. "Sólo tenemos la duda razonable sobre si esta situación se aplica a los autónomos empleadores, si podrán cobrarla o no sin necesidad de hacer ERTE. No está en el ADN de los autónomos el despedir. Por eso, y aunque es una gran noticia que se haya flexibilizado así el cese de actividad, vamos a seguir reclamando que los autónomos que no pidan el cese de actividad queden exentos de pagar la cuota a la seguridad social. A ingresos cero, cotizaciones cero", ha añadido Amor.
URGENTE
BUENAS NOTICIAS
Invito a todos los autónomos a solicitar la prestación por cese de actividad
El Gobierno ha flexibilizado las condiciones de acceso,y corregirá todas las lagunas el próximo martes en C.M.
Podrán solicitarla a su mutua solo con una declaración jurada.— Lorenzo Amor (@lorenzoamor_ata) March 19, 2020
Comunicado oficial del Ministerio de Inlcusión y Seguridad Social:
Ante las informaciones y declaraciones de algunas personas aparecidas en medios de comunicación y redes sociales sobre la prestación extraordinaria para autónomos afectados por el COVID-19, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones quiere indicar:
1. Todos los autónomos obligados a cerrar por el estado de alarma o con una caída de ingresos del 75%, tienen ya derecho a la prestación que aprobamos en el último Consejo de Ministros independientemente de su condición. Por tanto, desde este Ministerio se desmiente que el Gobierno prepare ninguna modificación.
2. Los autónomos en esta situación estarán exentos de pagar cotizaciones a la Seguridad Social y, además, recibirán una prestación equivalente al 70% de la base reguladora, lo que supone un mínimo de 661€ para quienes hayan tenido que cerrar su negocio o hayan perdido el 75% de su facturación.
3. Leeréis estos días muchas fake news y muchos bulos que pretenden generar incertidumbre entre los autónomos. Para cualquier duda, consultad las web oficiales del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
4. El Gobierno sigue trabajando en medidas de calado, como esta prestación extraordinaria, para ayudar a quienes están pasando dificultades.

















































