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viernes, 20 de febrero de 2026 | Última actualización: 19:54

Prisión sin fianza para el presunto asesino de una mujer y su hija en Xilxes el pasado lunes

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El presunto autor de los hechos contaba con una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima en vigor hasta octubre de 2027

La titular de la plaza número 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Vila-real ha decretado este viernes el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza, del hombre detenido como presunto autor de los crímenes de su ex compañera sentimental y de la hija menor de ambos en la localidad castellonense de Xilxes.

El detenido, que se ha acogido a su derecho a no declarar durante su comparecencia judicial, está investigado inicialmente, y sin perjuicio de ulterior calificación, por dos delitos de homicidio/asesinato y un delito de quebrantamiento de condena, en una causa en la que se mantiene bajo secreto de las actuaciones.

En cuanto a los antecedentes por violencia de género relativos a este caso, el investigado ya fue condenado en febrero de 2025, en el marco de un juicio rápido celebrado el día 28 de ese mes por conformidad de las partes, y el propio Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Vila-real (ahora Plaza 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Vila-real) le impuso las siguientes penas:

  • Como autor de un delito de coacciones del artículo 172.2 del Código Penal a 38 días de trabajos en beneficio de la comunidad, 16 meses de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y a 16 meses de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de la víctima
  • Como autor de un delito de maltrato de obra en el ámbito de la violencia de género del artículo 153.1 y 3 del Código Penal a 38 días de trabajos en beneficio de la comunidad, 16 meses de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y a 16 meses de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de la víctima

La jueza que estaba entonces al frente del citado órgano judicial impuso también al hombre, que hasta ese momento carecía de antecedentes penales, la obligación de indemnizar a la víctima con 200 euros, en concepto de responsabilidad civil.

La medida de alejamiento y prohibición de comunicación impuesta en esta sentencia firme estaba por tanto en vigor hasta octubre de 2027.