La Audiencia considera el recurso de uno de los detenidos y lo absuelve del delito de encubrimiento
La Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado la sentencia impuesta a un hombre que perpetró un robo en una gasolinera de Almassora en 2017, con una careta de payaso y un fusil de juguete. Sin embargo, los jueces han absuelto a la persona condenada por encubrimiento sin ánimo de lucro, al entender que no había pruebas suficientes que confirmaran el delito
Castellón Información
La Audiencia Provincial de Castellón ha dictado sentencia que confirma la pena impuesta a un varón, por atracar una gasolinera por la fuerza y con amenazas, cubierto con una careta de payaso, y un fusil que luego se demostró que era de juguete.
Según los hechos probados: el acusado, G. se dirigió el 9 de junio de 2013, sobre las 13:45 horas, a una gasolinera sita en la Carretera de Almazara pk 9,3 de la localidad de Castellón, y al llegar se colocó una máscara de payaso en la cara, con la finalidad de impedir o dificultar su identificación; entró en dicho establecimiento portando un fusil
simulado, de aire comprimido, y se aproximó a la caja registradora, junto a la que se encontraba el trabajador, repitiéndole en varias ocasiones: "Dame todo el dinero o te mato", al tiempo que le apuntaba a la cabeza con dicho fusil,.
Tal como cuenta la sentencia, el trabajador le entregó los 350 € que había en caja registradora ante el temor a sufrir algún mal. El acusado huyó del lugar y se dirigió al domicilio de F, que se encontraba con su pareja sentimental, J, mayor de edad y con antecedentes penales no computables por conducción alcohólica. Comió con ellos, les contó lo sucedido y dejó en el domicilio el fusil simulado y parte del dinero obtenido.
Horas después del robo, el acusado fue detenido y puesto a disposición judicial.
El juicio oral se realizó en diciembre de 2012. G. fue acusado y condenado como autor de un delito de robo con intimidación, con instrumento peligroso, con el atenuante de drogadicción y la agravante de uso de disfraz, a la pena de 3 años y 7 meses de prisión, con la accesoria de la inhabilitación especial.
También fue condenado el 'amigo' F. con el que comió después del robo, acusado de encubrimiento sin ánimo de lucro.
La Audiencia Provincial ha confirmado la pena de G, pero no la del 'amigo', F, al entender que no está probada la culpabilidad, por lo que absuelve a F del delito del que se le acusaba.

















































