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lunes, 29 de abril de 2024 | Última actualización: 23:03

¿Razones de justicia y equidad?

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Toni Ferrándiz. Miembro de la junta directiva provincial de Ciudadanos. 

Concurren razones de justicia y equidad. De esta manera se justifican en los diferentes Boletines Oficiales del Estado, los motivos por los que el Gobierno de España concede los indultos. Repasando los diferentes Boletines Oficiales del Estado, se puede comprobar que los delitos conmutados por indultos totales o parciales, son muy variados en cuanto a su tipología: delitos contra la salud pública, robos con fuerza, con violencia o intimidación, o con uso de arma, atentado contra agentes de la autoridad, omisión del deber de perseguir delitos, falsificación de moneda, falsificación de documento mercantil, delito de lesiones, tenencia de explosivos, estafa, homicidios en grado de tentativa, conducción con grave desprecio por la vida de los demás, contra el medio ambiente.....

La Ley de 18 de Junio de 1870, que establece las reglas para el ejercicio de la gracia de indulto, dispone que la concesión de indultos se harán en decreto motivado. ¿Y cual es esa motivación?. Razones de justicia y equidad. Nuestra Constitución, nuestra ley de leyes, establece con una claridad meridiana que la “justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados”. No es hacer justicia la decisión tomada en un Consejo de Ministros por el Gobierno de turno abocando las sentencias judiciales a papel mojado, máxime teniendo en cuenta que muchas de esta concesiones de indultos son sobre delitos que causan una grave alarma social y por la que otros mecanismos del propio Estado como las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Jueces y Fiscales, trabajan asumiendo riesgos y sin descanso, con utilización de importantes medios del propio Estado para luchar contra delitos graves y para poder apartar de la sociedad a delincuentes autores de esos delitos, y son autores y no presuntos autores, porque se ha demostrado su autoría por un tribunal de justicia en sentencia firme.

El concepto de equidad en el derecho adapta la norma a las necesidades particulares para un caso en concreto, pero es discutible que esa equidad se contemple para indultar en numerosas ocasiones a autores de delitos que asquean a la sociedad y la ponen en peligro. No puede ser que por un lado se realicen importantes esfuerzos para evitar que nuestros jóvenes caigan en el consumo de drogas y por otro que el Gobierno de turno acceda en muchas ocasiones (el narcotráfico es el delito donde más indultos se conceden) a conceder indultos a las personas que de una u otra manera ponen la droga a disposición de esos jóvenes.

También es cierto, que la figura del indulto, preferentemente en su forma parcial, esto es conmutación de la pena por otra de dos años de prisión con lo que normalmente no se ingresa en prisión, o por trabajos en beneficio de la sociedad, o por penas de multa, en ciertas ocasiones  puede ser conveniente y en cierta manera adecuada. Como por ejemplo y para determinados delitos, el caso de la persona condenada y después de un largo periplo judicial que puede alargarse más de una decena de años, le deviene la condena en firme con ingreso en prisión, y resulta que esa persona desde que cometió el delito ha reconducido su vida, se encuentra casado, con familia, con trabajo (aunque esto último es complicado en estos tiempos), y completamente reinsertado en la sociedad. Pero resulta que para estas personas el indulto ni se contempla. Conozco algún caso de comisión de un delito hace más de diez años y después de llevar una vida completamente reinsertado ha tenido que ingresar en prisión, la justicia tardía tampoco es justicia.