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viernes, 26 de abril de 2024 | Última actualización: 19:43

El BOE respalda la entrada en vigor de las leyes de Urbanismo y Control Ambiental

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El  Boletín Oficial del Estado respaldaba ayer con su publicación, la entrada en vigor de las nuevas leyes autonómicas que regulan tanto el urbanismo, el territorio como el paisaje, y la de Control de la calidad del Medioambiente. Ambos han sido  los proyectos estrella de la consellera Isabel Bonig que las definió en su momento, como un paso fundamental, no solo en la Comunitat Valenciana, sino también como referente dentro del territorio español, ya que acerca la legislación urbanística a las demandas y legislaciones europeas.

EM/Castellón Información

El Boletín Oficial del Estado publicaba ayer las dos nuevas leyes de la Comunitat Valenciana que van a regular tanto el urbanismo como la ordenación del territorio y el control ambiental de las actividades.

Se trata de dos leyes, en concreto: Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana (LOTUP).Y  Ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención, Calidad y Control ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana.

El contenido de ambos proyectos  fue presentado por la consellera Isabel Bonig a los medios de comunicación el pasado 4 de abril, tras la aprobación del Proyecto de Ley de la LOTUP por el Consell. Pasó por las Cortes Valencianas el 11 de junio, y están fechadas oficialmente el  25 de julio.  Isabel Bonig

Durante la presentación de Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana (LOTUP), el pasado abril, la consellera indicaba, que por primera vez se establecen normativas que no solo tratan del urbanismo y la ordenación del territorio, sino también del control paisajístico y la definición global del territorio en relación con el medioambiente.

En concreto, la nueva ley refunde cinco leyes: la Ley Urbanística Valenciana, la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, la Ley del Suelo No Urbanizable, y la Ley Reguladora de los Campos de Golf en la Comunitat Valenciana. De esta manera, la reforma legal reduce en un 77% el número de disposiciones normativas.

Líneas generales de la LOTUP

Tal como publicó entonces Castellón Información, durante su comparecencia ante los medios de comunicación, la consellera Isabel Bonig explicó algunas de las líneas generales de la nueva proyecto de Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana (LOTUP), cuyos detalles van a afectar directamente a la ciudad de Castellón.Isabel Bonig y Jose Ciscar

Los avances de la nueva Ley, explicaba la consellera, son muchos. Por un lado, unifica dentro de una sola ley los diferentes aspectos que hasta ahora estaban recogidos en normativas diferentes. Este es el caso de las infraestructuras, el urbanismo, la regulación del paisaje, o el medio ambiente.

Simplifica y reduce el número de normativas que afectaban al urbanismo de la Comunitat Valenciana de 1.200 artículos a 269, con lo que intenta facilitar el cumplimiento de las normativas y su interpretación, al tiempo que reduce la tramitación administrativa.

Recoge y mantiene la figura del urbanizador, pero regula sus funciones, en orden a las normativas europeas y nacionales para evitar la inseguridad urbanística y los conflictos judiciales. Al tiempo que protege  y garantiza los derechos del propietario del suelo.

Prioriza la actuación en las ciudades construidas, es decir, en la consolidación de los cascos urbanos, frente a tendencias anteriores de desarrollar nuevos suelos.

Busca soluciones para consolidar núcleos urbanos desarrollados en Suelos Urbanos No Urbanizables de Uso común.

Y endurece la legalidad urbanística, ampliando de 4 a 15 años el periodo de caducidad de los expedientes por irregularidades urbanísticas.

Un punto importante, destacó entonces la consellera, que podría y que va a afectar de forma directa al PGOU de  Castellón, es la nueva normativa que regula la redacción de los Programas y Planes de Ordenación Urbana.

Hasta ahora, explicaba la consellera, era el Ayuntamiento el que iniciaba el proceso de revisión o redacción del Plan General en el municipio. Esto conllevaba un esfuerzo enorme por parte de los municipios y sus técnicos,  porque solo cuando ese Plan ya estaba definido hasta el detalle, se consultaba y se establecía la revisión por parte de la Conselleria para su aprobación o denegación.

Ahora el procedimiento cambia y se invierte. Y en esto, la Comunitat Valenciana será pionera. Según Bonig

La Generalitat Valenciana asume la totalidad de las competencias para diseñar los elementos vertebradores del territorio, y el Plan de Usos del Suelo.

Será la Generalitat la que apruebe el Plan que describe como quiere crecer el municipio, la que establezca, en su globalidad, el uso y calificación de los suelos, la distribución de infraestructuras como carreteras, servicios ect… De esta manera, la Conselleria como entidad superior, deberá velar porque los municipios coordinen sus respectivos urbanismos dentro de un plan global que compatibilice sus desarrollos, al tiempo que se protege la sostenibilidad y el medio ambiente.

Y una vez aprobado el marco de desarrollo y los usos, será competencia de los Ayuntamientos, el diseño pormenorizado de su urbanismo.

Consolidar el casco urbano y defender al propietario del suelo

Las líneas urbanísticas de Castellón coincidirían también con los objetivos de la Ley en cuanto a la consolidación del casco urbano actual, en lugar de la programación de nuevos suelos.

Sobre este particular, la Ley introduce mecanismos, que tendrán que tenerse en cuenta en Castellón, por ejemplo, con el fin de evitar la existencia de parcelas y solares sin edificar, la Ley amplía de 2 a 6 años la obligación de construir del propietario. El propietario tendrá que asumir sus obligaciones, pero se garantizan y refuerzan sus derechos.

Para empezar, un urbanizador no podrá desarrollar un programa sin previo acuerdo con el propietario. Ni el urbanizador ni la administración podrán introducir modificaciones posteriores en el programa ya aprobado, salvo que estén técnicamente muy justificadas, que encarezcan las cuotas de urbanización para los propietarios. Y además, el propietario del suelo podrá decidir cómo quiere pagar las  cuotas de urbanización, si en dinero o en especie.  Pero no se podrá exigir al propietario que además, de dar como garantía la parcela, tenga que presentar también un aval sobre su patrimonio.

Derecho a superficie de suelo

Por otra parte, la Ley introduce lo que se denomina “derecho a superficie de suelo”. Esto es, explicaba Bonig, se toma el modelo vasco, donde el precio del suelo es muy alto, y se saca a venta o subasta el suelo público, por un periodo de 75 años. Este procedimiento, indicó la consellera, sería positivo para la construcción de viviendas de protección oficial, dado que el precio del suelo sería más económico y repercutiría menos en el precio final de la vivienda.

Solución para los diseminados

Según comentó la consellera durante su axplicación del proyecto de Ley en abril:  “Hasta ahora, indicaba, la regulación estaba medida por la densidad: diez viviendas o más en un espacio de cien metros cuadrados. La Ley modifica este parámetro”. Para poder legalizar esas viviendas en suelo Urbano No Urbanizable común, será necesaria la existencia de, al menos, tres viviendas en una superficie de una hectárea, o lo que es lo mismo, 10.000 metros cuadrados. Si se dan esos requisitos, los propietarios podrán proponer la redacción de un Plan Especial, que incluyan las correspondientes obras de urbanización para dotar de servicios a esa zona. Si se aprueba al Plan Especial y el proyecto de Urbanización, en el momento en que se dote a la zona de unos mínimos servicios e infraestructuras. El Ayuntamiento podría legalizar y dar licencia de legalización.

Ampliación del plazo de prescripción

Otra novedad importante, según indicó Isabel Bonig, es que se amplía el plazo de caducidad de las actuaciones contra las irregularidades urbanísticas, de 4 a 15 años. Eso significa que la Administración tendrá más tiempo para poder perseguir y penalizar las irregularidades urbanísticas, que antes, prescribían a los 4 años. “Para que sea disuasorio y la gente no urbanice donde no puede y no debe urbanizar”.