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miércoles, 1 de mayo de 2024 | Última actualización: 14:47

Pin Parental

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José Antonio Rodríguez. Asesor Fiscal.

Me he resistido en vano, respetado lector, a ver si  este lío que  se ha generado intencionadamente se aclaraba y no iba a más. Visto lo visto, parece necesario poner cordura, los puntos sobre las íes y despolitizar un asunto de meros derechos y obligaciones parentales.

Hace unos viví muy de cerca una situación en la que por una pretendida actuación  incorrecta de un menor, se exigía la responsabilidad civil a  sus padres. En este caso se demostró que no hubo actuación indebida del menor y la cosa no paso a mayores. Pensemos que si lo hubiera hecho, sus progenitores, su madre y su padre hubieran tenido que hacer frente a esta responsabilidad pecuniaria, por  ser sus progenitores.

Con cierta periodicidad salta como noticia el hecho de menores que de un modo u otro son maltratados por sus padres, a los que el Estado les retira en primera instancia la guarda y custodia hasta que un juez decida.

Los padres tienen obligaciones hacia sus hijos, y el incumplimiento de ellas les puede acarrear consecuencias graves.

Además de las manifestadas  más arriba tienen la obligación de dar a sus hijos la mejor educación  que puedan, y esto en pura lógica de acuerdo a sus creencias y convicciones, pues forman parte de su manera ser y modo de entender la vida, de la que una de sus consecuencias fue tener hijos.

Dicho lo anterior, hay que considerar por otra parte que el Estado tiene atribuida la planificación del sistema educativo que incluye la formulación de currículos, es decir qué asignaturas se imparten  y cuál debe ser su contenido.

Hasta aquí todo en orden, ya que el equilibrio entre obligaciones y derechos parentales y la intervención del Estado se encuentran equiparadas. De un modo torticeramente se ha querido sacar a la palestra como una actuación retrógrada -por ser iniciativa de VOX-el denominado erróneamente Pin Parental, acompañado de falsedades que desvirtúan su esencia.

Se trata de una autorización que deben firmar los progenitores de un menor, permitiendo que fuera de horario lectivo, e impartido por personal no docente, asista a talleres o actividades sobre determinadas temáticas, entre las que sobresale por su naturaleza, la  educación sexual.

Toda enseñanza o actividad que no esté en el currículo e impartida por docentes debe ser consultada a los padres, sea sobre educación afectiva, sea deportiva, sea cultural.

En bastante comunidad autónomas como la nuestra o la extremeña se han pedido históricamente permiso a las familias para la participación en estas actividades y nunca nadie antes se ha rasgado las vestiduras.

El Estado garantiza el que los alumnos reciban una formación académica completa a través de las asignaturas y contenidos que aprueba, de tal modo que las declaraciones de algunas políticas sobre  que padres homófobos o machistas no pueden impedir que sus hijos reciban una educación respetuosa, no deja de ser un canto al sol y ganas de desenfocar la realidad de lo planteado.

No se asusten padres, que los hijos son suyos, las obligaciones y responsabilidades también y que parece coherente que, en aquello que no está reglado, les pidan permiso e informen previamente de su contenido, al igual que lo hacen cuando salen de excursión fuera del colegio.