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viernes, 29 de marzo de 2024 | Última actualización: 21:59

El nuevo Plan General de Ordenación Urbana de Castellón deberá adaptarse a la nueva Ley del Territorio

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La Ley endurece la prescripción de los delitos urbanísticos y amplía la protección de los derechos de los propietarios del suelo

  La nueva Ley de Ordenación del Territorio, aprobada hoy por el Consell, y presentada por al consellera Isabel Bonig, recoge una serie de parámetros que afectarán de forma directa a la redacción del Plan General de Castellón. Según ha anunciado Isabel Bonig, por una parte Unifica en una misma ley Urbanismo y Medio ambiente, e incide sobre el desarrollo de las ciudades consolidadas antes de crear nuevos suelos, lo que estaría en consonancia con las directrices consensuadas en los Foros de Urbanismo. Por otra, mantiene la figura del Urbanizador pero amplía la protección de los propietarios del suelo. La Ley busca soluciones para las construcciones diseminadas en Suelo No Urbanizable, y endurece la legislación en cuanto a la prescripción de los expedientes urbanísticos.

Esperanza Molina

La consellera Isabel Bonig ha explicado esta mañana, algunas de las líneas generales de la nueva proyecto de Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana (LOTUP), cuyos detalles van a afectar directamente a la ciudad de Castellón.Parque Ribalta Aerea III13

Los avances de la nueva Ley, explicaba la consellera, son muchos. Por un lado, unifica dentro de una sola ley los diferentes aspectos que hasta ahora estaban recogidos en normativas diferentes. Este es el caso de las infraestructuras, el urbanismo, la regulación del paisaje, o el medio ambiente.

Simplifica y reduce el número de normativas que afectaban al urbanismo de la Comunitat Valenciana de  1.200 artículos a 269, con lo que intenta facilitar el cumplimiento de las normativas y su interpretación, al tiempo que reduce la tramitación administrativa.

Recoge y mantiene la figura del urbanizador, pero regula sus funciones, en orden a las normativas europeas y nacionales para evitar la inseguridad urbanística y los conflictos judiciales. Al tiempo que protege  y garantiza los derechos del propietario del suelo.Castellón aereo I14 P (4)

Prioriza la actuación en las ciudades construidas, es decir, en la consolidación de los cascos urbanos, frente a tendencias anteriores de desarrollar nuevos suelos.

Busca soluciones para consolidar núcleos urbanos desarrollados en Suelos Urbanos No Urbanizables de Uso común.

Y endurece la legalidad urbanística, ampliando de 4 a 15 años el periodo de caducidad de los expedientes por irregularidades urbanísticas.

La Conselleria diseña el Plan, y el Ayuntamiento define los detalles

Corte Inglés V13 (2)Un punto importante que podría afectar y que va a afectar de forma directa al PGOU de  Castellón, es la nueva normativa que regula la redacción de los Programas y Planes de Ordenación Urbana.

Hasta ahora, explicaba la consellera, era el Ayuntamiento el que iniciaba el proceso de revisión o redacción del Plan General en el municipio. Esto conllevaba un esfuerzo enorme por parte de los municipios y sus técnicos,  porque solo cuando ese Plan ya estaba definido hasta el detalle, se consultaba y se establecía la revisión por parte de la Conselleria para su aprobación o denegación.

Ahora el procedimiento cambia y se invierte. Y en esto, la Comunitat Valenciana será pionera. Según Bonig

La Generalitat Valenciana asume la totalidad de las competencias para diseñar los elementos vertebradores del territorio, y el Plan de Usos del Suelo.

Será la Generalitat la que apruebe el Plan que describe como quiere crecer el municipio, la que establezca, en su globalidad, el uso y calificación de los suelos, la distribución de infraestructuras como carreteras, servicios ect… De esta manera, la Conselleria como entidad superior, deberá velar porque los municipios coordinen sus respectivos urbanismos dentro de un plan global que compatibilice sus desarrollos, al tiempo que se protege la sostenibilidad y el medio ambiente.

Y una vez aprobado el marco de desarrollo y los usos, será competencia de los Ayuntamientos, el diseño pormenorizado de su urbanismo.

¿Cómo va a afectar esto a la redacción del Plan General de Castellón?. Fuentes consultadas señalan que en principio el proceso es similar al que ya había, aunque admiten que habrá que analizar los pormenores del proyecto de Ley para adaptar el PGOU de Castellón.

Consolidar el casco urbano y defender al propietario del suelo

Las líneas urbanísticas de Castellón coincidirían también con los objetivos de la Ley en cuanto a la consolidación del casco urbano actual, en lugar de la programación de nuevos suelos.

Sobre este particular, la Ley introduce mecanismos, que tendrán que tenerse en cuenta en Castellón, por ejemplo, con el fin de evitar la existencia de parcelas y solares sin edificar, la Ley amplía de 2 a 6 años la obligación de construir del propietario. El propietario tendrá que asumir sus obligaciones, pero se garantizan y refuerzan sus derechos.

Para empezar, un urbanizador no podrá desarrollar un programa sin previo acuerdo con el propietario. Ni el urbanizador ni la administración podrán introducir modificaciones posteriores en el programa ya aprobado, salvo que estén técnicamente muy justificadas, que encarezcan las cuotas de urbanización para los propietarios. Y además, el propietario del suelo podrá decidir cómo quiere pagar las  cuotas de urbanización, si en dinero o en especie.  Pero no se podrá exigir al propietario que además, de dar como garantía la parcela, tenga que presentar también un aval sobre su patrimonio.

Derecho a superficie de suelo

Marjalería de Castellón.
Marjalería de Castellón.

Por otra parte, la Ley introduce lo que se denomina “derecho a superficie de suelo”. Esto es, explicaba Bonig, se toma el modelo vasco, donde el precio del suelo es muy alto, y se saca a venta o subasta el suelo público, por un periodo de 75 años. Este procedimiento, indicó la consellera, sería positivo para la construcción de viviendas de protección oficial, dado que el precio del suelo sería más económico y repercutiría menos en el precio final de la vivienda.

Solución para los diseminados

Según ha comentado Isabel Bonig, la Ley busca soluciones también para los ‘diseminados’, que integran a las construcciones en Suelo No Urbanizable Común.

Hasta ahora, indicaba, la regulación estaba medida por la densidad: diez viviendas o más en un espacio de cien metros cuadrados. La Ley modifica este parámetro. Para poder legalizar esas viviendas en suelo Urbano No Urbanizable común, será necesaria la existencia de, al menos tres viviendas en una superficie de una hectárea, o lo que es lo mismo, 10.000 metros cuadrados. Si se dan esos requisitos, los propietarios podrán proponer la redacción de un Plan Especial, que incluyan las correspondientes obras de urbanización para dotar de servicios a esa zona. Si se aprueba al Plan Especial y el proyecto de Urbanización, en el momento en que se dote a la zona de unos mínimos servicios e infraestructuras. El Ayuntamiento podría legalizar y dar licencia de legalización.

Ampliación del plazo de prescripción

Otra novedad, indicaba Isabel Bonig, es que se amplía el plazo de caducidad de las actuaciones contra las irregularidades urbanísticas, de 4 a 15 años. Eso significa que la Administración tendrá más tiempo para poder perseguir y penalizar las irregularidades urbanísticas, que antes, prescribían a los 4 años. “Para que sea disuasorio y la gente no urbanice donde no puede y no debe urbanizar”.