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jueves, 25 de abril de 2024 | Última actualización: 11:20

El tribunal acuerda el internamiento psiquiátrico de un varón que intentó abusar de una menor en un campamento

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La sentencia lo absuelve del delito de agresión sexual en base a sus anomalías psíquicas

El juzgado de instrucción número 1 de la Audiencia provincial, ha acordado el internamiento psiquiátrico de un varón, acusado de intentar abusar de una menos, cuando esta se encontraba con sus compañeras en un campamento infantil. La sala entiende que las anomalías psíquicas del acusado, lo eximen como autor de un delito de agresión sexual, pero determinan su internamiento por un plazo máximo de 15 años y orden de alejamiento.

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Eran las sobre las 8:00 horas del 11 de julio de 2016. Varios niños se encontraban en un campamento de verano, en el Pinar, cuando varios de ellos buscaron un rincón para hacer sus necesidades fisiológicas. Cuando una de ellas, L, se bajaba los pantalones, un hombre, X, mayor de edad la cogió por la espalda, y con ánimo de obtener satisfacción sexual, le levantó la camisa y le tocó los pechos, las nalgas y la vagina, donde introdujo dos dedos. Mientras tanto se inició un forcejeo entre ambos, en el que Lucía intentaba zafarse del acusado, sin conseguirlo, pues éste la sujetaba con fuerza, al tiempo que se bajó los pantalones, no así los calzoncillos, que quedaron a la vista, siendo su intención, según sus propias palabras la de echarse novia y mantener relaciones sexuales.

Las amigas de la niña acudieron en su auxilio, y el agresor soltó a la niña y huyó del lugar.

Una vez procesados los hechos, y abierto juicio oral, quedó demostrado que el agresor “sufría una psicopatología compatible con una descompensación psicótica con predominio de incoherencias, distorsión del pensamiento y alucinaciones auditivas, existiendo relación de causalidad entre los hechos y su descompensación psicótica, momento en el que no podía comprender la ilicitud de su actuación por tener anuladas sus capacidades cognitivas y volitivas”.

Por su parte, señala la sentencia, “la menor Lucía no sufrió lesión física alguna por estos hechos, pero si muestra una sintomatología relacionada con los hechos objeto del presente proceso”.

Apreciados todos los hechos, el tribunal ha apreciado las circunstancias eximentes completas por las anomalías psíquicas del acusado, al que absuelve del delito de agresión sexual. O obstante y, en atención a estas anomalías, le impone la medida de seguridad de internamiento en centro psiquiátrico adecuado a su patología por un plazo máximo de 15 años

y la medida de libertad vigilada con prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 500 metros de la niña, su domicilio, lugar de estudios o trabajo, cualquier otro lugar que frecuente, y de comunicar con ella por cualquier medio durante el periodo de 10 años.