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jueves, 28 de marzo de 2024 | Última actualización: 23:00

La anulación de la sentencia de las Tascas descoloca al Ayuntamiento y genera dudas jurídicas

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La sentencia del Supremo pilla a los políticos con el paso cambiado… Pero se mantienen las restricciones

EM/Castellón Información

La sentencia del Tribunal Supremo, con respeto a las Tascas, en plenas fiestas de la Magdalena que, en Castellón, lo centran prácticamente todo, ha pillado con ‘el paso cambiado’ a todo el mundo.

Tres años después de la Sentencia del TSJ que prohibía el consumo de alcohol en la zona de las Tascas, y que daba la razón a la asociación ‘Sense Soroll’, el Supremo estima un recurso del Ayuntamiento y deja sin efecto aquel fallo judicial.

La pregunta más escuchada en la calle es ¿Qué va a pasar ahora? ¿y que pasa en Magdalena? ¿Se puede servir alcohol en las calles de las Tascas?. Según ha informado el Ayuntamiento, en un comunicado, se mantienen las restricciones, es decir, en principio no cambia nada… Dicho de otra manera, no se podrá consumir alcohol en las Tascas, en la calle, a partir de las 22:00 horas.

En un contexto muy diferente cabe recordar que no es la primera vez que el supremo contradice al TSJ. Tampoco es la primera vez que los tribunales se contradicen. En otro contexto diferente quizá una de las más sonadas es la que se refiere al Plan General de Castellón, aprobado en el 2000. Ocho años después, se contradecían los tribunales y se declaraba nulo aquel Plan… Llevaba ocho años en vigor, pero era nulo desde su origen…

En esta ocasión ni los políticos ni los ciudadanos tienen muy claro de qué forma afectará finalmente esta sentencia sobre las Tascas a Castellón. De momento, genera inseguridad jurídica porque… ¿Podrían reclamar los empresarios que vieron decaer o perder su negocio por una sentencia que ahora resulta que no era válida tres años después?

Desde el Ayuntamiento, el equipo de Gobierno ha entregado la sentencia a los servicios jurídicos para que la estudien en profundidad.

Aparte de eso, la valoración oficial ha sido objeto de un comunicado que dice textualmente lo siguiente:

Comunicado del Ayuntamiento

         “Estamos razonablemente satisfechos. El Tribunal Supremo da la razón al Ayuntamiento de Castellón en el recurso de casación y ha revocado la sentencia del TSJ que anulaba el artículo 26 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana que, previa autorización, permite el consumo de alcohol en la zona de las tascas atendiendo a su carácter tradicional y emblemático.

         Y decimos moderadamente satisfechos porque no cierra el litigio abierto por 'Castelló sense Soroll' hace más de una década. Así, el Supremo ha ordenado la retroacción de las actuaciones procesales al momento previo al dictado de la sentencia, por lo que ahora debemos esperar al nuevo pronunciamiento del TSJ.

                  Esta era la única vía que tenía el Ayuntamiento de Castellón para que se revocara la sentencia del TSJ anulando el artículo 26 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana porque el Supremo no puede pronunciarse sobre derecho autonómico, por eso lo devuelve a la sala del TSJ.

                  Se trata de un esfuerzo enorme por parte de los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Castellón, a quienes agradecemos su trabajo, y también a la convicción del Gobierno municipal de poder compatibilizar el ocio en una zona singular como las tascas con el derecho al descanso.

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                  Cabe recordar que se mantienen las limitaciones de la venta de alcohol a partir de las 22.00, también por decisión judicial, y las medidas correctoras de la zona ZAS con el objetivo de bajar los niveles de contaminación acústica y así conseguir que se retire la ZAS”.

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