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jueves, 28 de marzo de 2024 | Última actualización: 21:59

Los estudiantes de Formación Profesional podrán realizar prácticas en Centros Penitenciarios

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Los estudiantes de Formación Profesional de la Comunitat valenciana podrán realizar prácticas en los Centros Penitenciarios. Así se establece en un convenio firmado por la Administración del Estado y la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, ratificado mediante su publicación en el BOE. Los alumnos deberán ajustarse a los programas establecidos y no recibirán sueldo alguno

Castellón Información

La Administración del Estado (Ministerio del Interior) y la Generalidad Valenciana (Conselleria de Educación, Cultura y Deportes, han firmado un convenio de colaboración que permitirá a los estudiantes de Formación Profesional de la Comunitat Valenciana, poder realizar prácticas en los Centros Penitenciarios ubicados en esta región.

Este acuerdo ha sido ratificado mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

El convenio firmado entre ambas entidades se acoge La Orden de 77/2010 de 27 de agosto de 2010, por la que se regulan los módulos profesionales de formación en centros de trabajo (FCT) de los ciclos formativos de Formación Profesional, de las Enseñanzas de Artes Plásticas y de los programas de Cualificación Inicial en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

La característica más relevante del módulo profesional de formación en centros de trabajo, es que debe desarrollarse en un ámbito productivo real, donde el alumnado podrá observar y desempeñar las funciones propias de las distintas ocupaciones relativas a una profesión, conocer la organización de los procesos productivos o de servicios y las relaciones socio-laborales en la empresa o centro de trabajo, orientado y asesorado en todos momento por las personas responsables del seguimiento y evaluación de sus actividades, que, a tal fin, serán designados por un lado en el centro y por otro en el centro educativo.

Los alumnos que realicen estas prácticas no tendrán vínculo laboral con el centro, ni recibirán prestación económica alguna, sin embargo sí estarán sujetos al cumplimiento de la duración, calendario, horario, lugar y actividad establecidos. Deberán asumir con diligencia las tareas encomendadas, se mantendrán en contacto con el responsable de las actividades formativas en el centro de trabajo y con el profesor tutor responsable de las Prácticas y guardarán sigilo sobre las tareas que estén realizando durante su periodo de prácticas y una vez que éste haya finalizado.

Dado el carácter formativo de las prácticas, los estudiantes no podrán firmar ni asumir responsabilidades funcionales ni emitir informes ni decidir actuaciones que requieran cualificación profesional. Los estudiantes estarán amparados por la cobertura sanitaria de su ‘seguro escolar’.

Los Centros Penitenciarios que oferten plazas para la práctica de los estudiantes, designarán un responsable para la coordinación de las actividades formativas (figura que es de aceptación voluntaria entre los profesionales del Centro Penitenciario que se consideren idóneos para realizar tal función y sin que colisione esta tarea auxiliar con la prestación de sus correspondientes servicios profesionales al centro Penitenciario), que junto con el profesor tutor del centro educativo, serán los encargados de la programación de las actividades formativas a desarrollar por el alumnado, del seguimiento y control de la formación de los estudiantes durante su periodo de prácticas; y de la evaluación de las actividades realizadas.

También serán los encargados de resolver, en primera instancia, las incidencias que se produzcan.