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jueves, 28 de marzo de 2024 | Última actualización: 21:59

El Consell incrementa y difunde entre los agricultores valencianos información sobre la Xylella Fastidiosa

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Cualquier sospecha de planta infectada debe comunicarse a la oficina comarcal de la conselleria, al teléfono 900532000 o al correo xylella@gva.es

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La Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural ha editado un díptico divulgativo sobre la Xylella fastidiosa, dentro de las acciones programadas de difusión informativa sobre la materia.

El documento, impreso en versión en castellano y en valenciano, explica de manera resumida qué es la xylella, cómo se propaga, las especies afectadas, los síntomas en las plantas infectadas y las principales actuaciones que contempla el plan de contingencia de la conselleria.

Además, se pide la colaboración en la detección de los síntomas de la xylella, para lo que ante cualquier sospecha de planta infectada se debe comunicar a la oficina comarcal de la zona, al número de teléfono 900532000 o a la dirección de correo electrónico xylella@gva.es.

La bacteria Xylella fastidiosa puede propagarse desde el material infectado, a través de insectos que se alimentan de su xilema, transmitiéndolo a plantas sanas, y también por el comercio y el transporte de material infectado e insectos infectados.

Los síntomas en las plantas infectadas, que pueden tardar años en desarrollarse y confundirse con los provocados por el estrés hídrico, son: marchitez y decaimiento generalizado, seca de hojas y ramas progresiva hasta la muerte del árbol y quema de hojas y brotes.

Aunque se han descrito más de 360 especies sensibles a esta bacteria en diferentes ámbitos, en la Comunitat Valenciana se ha detectado solo la subespecie multiplex y exclusivamente en almendros en determinadas zonas de la provincia de Alicante.

En el marco legislativo de la Unión Europea y con el respaldo del ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, la conselleria desarrolla el Plan de Contingencia, consistente en la inmovilización del material vegetal sensible, su destrucción en un radio de 100 metros en torno las detecciones, prevención mediante tratamientos, prohibición de plantar especies hospedantes hasta cinco años después de la declaración de erradicación y la indemnización por el arbolado destruido.