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sábado, 20 de abril de 2024 | Última actualización: 22:37

Condenado a cuatro años y medio de prisión por traficar con drogas en el Rototom de Benicàssim en 2019

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El acusado deberá pagar una multa de 3.800 euros y llevaba consigo cannabis, anfetamina, cocaína, MOMA, MDMA y 275 euros en billetes 

Castellón Información 

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castelló ha juzgado un presunto delito contra la salud pública contra un ciudadano de Gambia con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia y en situación de prisión provisional por esta causa desde el 18 de agosto de 2019.  

El acusado, con estancia irregular en territorio español, fue condenado ejecutoriamente por un delito contra la salud pública en la sentencia de 18/7/2018 dictado por el Juzgado de lo Penal no 19 de Barcelona y privado de libertad por esta causa desde el 18 de agosto de 2019, sobre las 3:02 horas del día 18 de agosto de 2019 se encontraba en el recinto de Rototom situado en la localidad de Benicàssim ofreciendo y vendiendo a terceras personas sustancias estupefacientes, portaba entre sus ropas 14,06 gr de cannabis con una pureza de 19,5%, 3,26 gr de anfetamina con pureza de 16%, tres envoltorios verdes con un peso de 4,04 gr siendo cafeína y cocaína con pureza de 64%, cuatro envoltorios verdes de sustancia rocosa de 1,09 gr que resultó ser MOMA con una pureza de 87%, cinco comprimidos amarillos con un peso de 17,24 gr que resultó ser MDMA con una pureza de 39%, seis envoltorios blancos con un peso de 3,42 gr que resultó ser cocaína con una pureza de 74% y siete envoltorios blancos con un peso de 4,78 gr que resultó ser MDMA con una pureza del 86%, y 275 euros en billetes fraccionados, estando totalmente prohibida la distribución y venta de las sustancias descritas, al estar incluidas en las listas I y IV de CU, por lo que el precio que hubiera obtenido de su ilícita venta hubiera ascendido a 1.887,52 euros.

Fallo

La sentencia condena al acusado como responsable en concepto de autor de un delito contra la salud pública anteriormente tipificado, concurriendo la agravante de reincidencia, a las penas de prisión de cuatro años, seis meses y una día, con la accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, y multa de 3.800 euros con 38 días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago (a razón de un día por cada 100 euros impagados). 

De conformidad con lo dispuesto en el segundo inciso del art. 89.1 del Código Penal procede acordar la ejecución de la mitad de la pena de prisión impuesta y la sustitución del resto de la pena privativa de libertad por la expulsión del territorio nacional por un periodo de 5 años. 

Así mismo se acuerda el comiso y destrucción de la droga y de los efectos intervenidos. Se le condena igualmente al acusado pago de las costas procesales causadas.